Acceder al derecho al alimento, es un gran salto en la mejora de calidad de vida del niño, sin embargo, lo más difícil de iniciar el juicio de alimentos es, decidirse a hacerlo. por que surgen muchas preguntas. Luego de ese gran momento decisorio, es sólo cuestión de ir completando una serie de pasos y tramites que el letrado se irá encargando.
Siempre surgen las tres mismas preguntas de inicio, y hoy en tu consultorio jurídico en linea te las respondemos.
1°. Cuando cobro por primera vez?
En líneas generales, desde que se presenta el pedido de alimentos, llamada "demanda", los alimentos provisorios saldrían alrededor de los 45 días. En ése momento de inician unos tramites bancarios y ya estaría todo para el primer cobro.
2°- El padre/madre puede negarse a cumplir?
Si, puede negarse. Pero de nada le valdrá, pues la ley argentina defiende el interés superior del niño: el derecho de todos los niños a alimentarse (que incluye educación y esparcimiento). Así que aunque el progenitor no conviviente no quiera: sera embargado del sueldo.
3° Qué papeles hacen falta presentar para iniciar?
Copia del DNI de la persona que solicita alimentos.
Partida de nacimiento del niño o adolescente.
Constancia de estudios. Boletas o recibos de pagos que corresponda a gastos que genera el hijo.
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